
Con esta medida se agiliza este trámite que se venía eternizando sin lógica alguna, puesto que eran tratadas de igual manera las bajas de bandera de un bote de 2,50 m. y de un buque de 30 m., confluyendo todas las solicitudes de España en una única dependencia de la DGMM, ocasionando retrasos de hasta 6 meses en su gestión.
Si tenemos en cuenta que la certificación de baja de un registro es requisito previo para la obtención del alta en otro pabellón, resultaba incoherente e inconcebible que estos trámites se dilataran tanto, encontrándose el armador desamparado, y no sabiendo si podía enarbolar alguna bandera en el mejor de los casos. En nuestra empresa quedábamos desarmados cuando los clientes no entendían el porqué de esta tardanza, y nos era imposible justificar lo injustificable.
Aplaudimos la medida, que ha tardado tanto tiempo en ser adoptada, y confiamos en que esta derivación surta su efecto y las respectivas capitanías del puerto de matrícula tramiten con la celeridad necesaria, ya que en ocasiones se consideran estas gestiones como de menor entidad, o residuales.
Por otra parte, las embarcaciones iguales o mayores de 24 metros de eslora deberán seguir el proceso habitual, siendo autorizadas sus bajas en Registro Marítimo Central. Confiamos que la descongestión surta su efecto y empiece el deshielo (que falta nos hace para estos calores!)