Con carácter INMEDIATO, la Dirección General de la Marina Mercante PROHÍBE la navegación en aguas territoriales españolas de embarcaciones registradas en el ICP holandés (el llamado “Registro Ligero holandés), al no reconocérsele carácter oficial o gubernamental, sino de asociación o entidad deportiva.
Esta medida no impide en cambio la posibilidad de cambio de pabellón a otros de la UE, pero el texto de la medida incide especialmente en que esta posibilidad no es un instrumento para sortear la normativa española en materia fiscal ni de seguridad. Y más cuando se prevé que antes del fin de año entre en vigor la nueva normativa que regulará el equipo de seguridad de las embarcaciones de recreo, ampliando su ámbito de aplicación a las embarcaciones extranjeras que naveguen en aguas de soberanía española, siempre y cuando sus propietarios tengan una vinculación auténtica con España.
Por supuesto que los propietarios de estas embarcaciones con ICP holandés que deseen retornar al pabellón español podrán hacerlo acogiéndose a la Instrucción de Servicio 3/2019, que facilitará el procedimiento de reabanderamiento a la matrícula y pabellón español.
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